Antonio Saura Martín
Alcalde Del Ayuntamiento De Alaquàs · PSOE
Cuánto gana Antonio Saura Martín: percibe 57.771 € brutos al año (4127 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de alaquàs en Ayuntamiento De Alaquàs.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Alaquàs
- Institución
- Ayuntamiento De Alaquàs
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Alaquàs
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 34.391 € más al año que la media de alcaldes (247 %).
Sueldo y retribuciones de Antonio Saura Martín
Alcalde Del Ayuntamiento De Alaquàs
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 4126,51 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 57.771,13 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Alaquàs
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 4073,82 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 48.885,90 € |
Dedicación Exclusiva
Otros políticos de PSOE
Ver todos →Otros alcaldes en Comunidad Valenciana
Ver todos →Comparar a Antonio Saura Martín con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Antonio Saura Martín?
Antonio Saura Martín percibe un sueldo bruto anual de 57.771 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Alaquàs en Ayuntamiento De Alaquàs. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Antonio Saura Martín al mes?
Antonio Saura Martín percibe 4127 € brutos al mes, equivalentes a 57.771 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Antonio Saura Martín?
El sueldo bruto anual de Antonio Saura Martín (57.771 €) equivale a 3,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Antonio Saura Martín?
Antonio Saura Martín está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Antonio Saura Martín?
Antonio Saura Martín ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Alaquàs en Ayuntamiento De Alaquàs (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .