Armando Robredo Cerro
Alcalde Del Ayuntamiento De Valle De Mena · PSOE
Cuánto gana Armando Robredo Cerro: percibe 40.400 € brutos al año (2886 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de valle de mena en Ayuntamiento De Valle De Mena.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Valle De Mena
- Institución
- Ayuntamiento De Valle De Mena
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Valle De Mena
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 17.020 € más al año que la media de alcaldes (173 %).
Sueldo y retribuciones de Armando Robredo Cerro
Alcalde Del Ayuntamiento De Valle De Mena
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 2885,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 40.399,94 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Valle De Mena
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 2885,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 40.399,94 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Armando Robredo Cerro?
Armando Robredo Cerro percibe un sueldo bruto anual de 40.400 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Valle De Mena en Ayuntamiento De Valle De Mena. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Armando Robredo Cerro al mes?
Armando Robredo Cerro percibe 2886 € brutos al mes, equivalentes a 40.400 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Armando Robredo Cerro?
El sueldo bruto anual de Armando Robredo Cerro (40.400 €) equivale a 2,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Armando Robredo Cerro?
Armando Robredo Cerro está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Armando Robredo Cerro?
Armando Robredo Cerro ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Valle De Mena en Ayuntamiento De Valle De Mena (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .