Arsenio García Fuertes
Alcalde Del Ayuntamiento De Astorga · Independiente
Cuánto gana Arsenio García Fuertes: percibe 27.300 € brutos al año (1950 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de astorga en Ayuntamiento De Astorga.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Astorga
- Institución
- Ayuntamiento De Astorga
- Partido
- Independiente
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Astorga
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 3920 € más al año que la media de alcaldes (117 %).
Sueldo y retribuciones de Arsenio García Fuertes
Alcalde Del Ayuntamiento De Astorga
N.ADS.Inactivo| Salario bruto mensual | 1950,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 27.300,00 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Astorga
N.ADS.Inactivo| Salario bruto mensual | 1950,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 27.300,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Arsenio García Fuertes?
Arsenio García Fuertes percibe un sueldo bruto anual de 27.300 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Astorga en Ayuntamiento De Astorga. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Arsenio García Fuertes al mes?
Arsenio García Fuertes percibe 1950 € brutos al mes, equivalentes a 27.300 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Arsenio García Fuertes?
El sueldo bruto anual de Arsenio García Fuertes (27.300 €) equivale a 1,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Arsenio García Fuertes?
Arsenio García Fuertes está afiliado o vinculado a Independiente.
¿Qué cargo tiene actualmente Arsenio García Fuertes?
Arsenio García Fuertes ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Astorga en Ayuntamiento De Astorga (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .