Artur Miró Palau
Alcalde Del Ayuntamiento De Vilanova De Prades · PSOE
Cuánto gana Artur Miró Palau: percibe 9535 € brutos al año (795 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de vilanova de prades en Ayuntamiento De Vilanova De Prades.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Vilanova De Prades
- Institución
- Ayuntamiento De Vilanova De Prades
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Vilanova De Prades
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 13.845 € menos al año que la media de alcaldes (41 %).
Sueldo y retribuciones de Artur Miró Palau
Alcalde Del Ayuntamiento De Vilanova De Prades
PSC-CP2019–2023| Salario bruto mensual | 794,59 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 9535,08 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Vilanova De Prades
PSC-CP2019–2023| Salario bruto mensual | 794,59 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 9535,08 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Artur Miró Palau?
Artur Miró Palau percibe un sueldo bruto anual de 9535 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Vilanova De Prades en Ayuntamiento De Vilanova De Prades. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Artur Miró Palau al mes?
Artur Miró Palau percibe 795 € brutos al mes, equivalentes a 9535 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Artur Miró Palau?
El sueldo bruto anual de Artur Miró Palau (9535 €) equivale a 0,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Artur Miró Palau?
Artur Miró Palau está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Artur Miró Palau?
Artur Miró Palau ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Vilanova De Prades en Ayuntamiento De Vilanova De Prades (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .