Avelina Martínez Suárez
Alcaldesa · Partido Popular
Cuánto gana Avelina Martínez Suárez: percibe 1200 € brutos al año (86 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Santa Colomba De Curueño.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Santa Colomba De Curueño
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Santa Colomba De Curueño
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Cobra 22.180 € menos al año que la media de alcaldes (5 %).
Sueldo y retribuciones de Avelina Martínez Suárez
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 85,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1200,00 € |
| Dietas | 1200,00 € |
Sin dedicación
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 85,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1200,00 € |
| Dietas | 1200,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Avelina Martínez Suárez?
Avelina Martínez Suárez percibe un sueldo bruto anual de 1200 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Santa Colomba De Curueño. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Avelina Martínez Suárez al mes?
Avelina Martínez Suárez percibe 86 € brutos al mes, equivalentes a 1200 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Avelina Martínez Suárez?
El sueldo bruto anual de Avelina Martínez Suárez (1200 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Avelina Martínez Suárez?
Avelina Martínez Suárez está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Avelina Martínez Suárez?
Avelina Martínez Suárez ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Santa Colomba De Curueño (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .