Bakarne Otegi Jauregi
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ikaztegieta · EH Bildu
Cuánto gana Bakarne Otegi Jauregi: percibe 16.426 € brutos al año (1173 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de ikaztegieta.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ikaztegieta
- Partido
- EH Bildu
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 6954 € menos al año que la media de alcaldes (70 %).
Sueldo y retribuciones de Bakarne Otegi Jauregi
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ikaztegieta
EH BilduDesde 2020| Salario bruto mensual | 1173,28 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.425,94 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ikaztegieta
EH BilduDesde 2020| Salario bruto mensual | 1173,28 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.425,94 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
EH Bildu2019–2020| Salario bruto mensual | 1130,48 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 15.826,78 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Bakarne Otegi Jauregi?
Bakarne Otegi Jauregi percibe un sueldo bruto anual de 16.426 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ikaztegieta. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Bakarne Otegi Jauregi al mes?
Bakarne Otegi Jauregi percibe 1173 € brutos al mes, equivalentes a 16.426 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Bakarne Otegi Jauregi?
El sueldo bruto anual de Bakarne Otegi Jauregi (16.426 €) equivale a 1,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Bakarne Otegi Jauregi?
Bakarne Otegi Jauregi está afiliado o vinculado a EH Bildu.
¿Qué cargo tiene actualmente Bakarne Otegi Jauregi?
Bakarne Otegi Jauregi ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ikaztegieta.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .