Bakarne Otegui Jauregui
Alcaldesa · EH Bildu
Cuánto gana Bakarne Otegui Jauregui: percibe 13.739 € brutos al año (981 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Ikaztegieta.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Ikaztegieta
- Partido
- EH Bildu
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Ikaztegieta
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 9641 € menos al año que la media de alcaldes (59 %).
Sueldo y retribuciones de Bakarne Otegui Jauregui
Alcaldesa
EH BilduInactivo| Salario bruto mensual | 981,38 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 13.739,27 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
EH BilduInactivo| Salario bruto mensual | 981,38 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 13.739,27 € |
Dedicación Parcial
Otros políticos de EH Bildu
Ver todos →Otros alcaldes en País Vasco
Ver todos →Comparar a Bakarne Otegui Jauregui con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Bakarne Otegui Jauregui?
Bakarne Otegui Jauregui percibe un sueldo bruto anual de 13.739 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Ikaztegieta. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Bakarne Otegui Jauregui al mes?
Bakarne Otegui Jauregui percibe 981 € brutos al mes, equivalentes a 13.739 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Bakarne Otegui Jauregui?
El sueldo bruto anual de Bakarne Otegui Jauregui (13.739 €) equivale a 0,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Bakarne Otegui Jauregui?
Bakarne Otegui Jauregui está afiliado o vinculado a EH Bildu.
¿Qué cargo tiene actualmente Bakarne Otegui Jauregui?
Bakarne Otegui Jauregui ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Ikaztegieta (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .