Bartomeu Baque Muntane
Alcalde Del Ayuntamiento De Bolvir · En-Cert
Cuánto gana Bartomeu Baque Muntane: percibe 480 € brutos al año (34 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de bolvir en Ayuntamiento De Bolvir.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Bolvir
- Institución
- Ayuntamiento De Bolvir
- Partido
- En-Cert
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Bolvir
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.900 € menos al año que la media de alcaldes (2 %).
Sueldo y retribuciones de Bartomeu Baque Muntane
Alcalde Del Ayuntamiento De Bolvir
En-CertInactivo| Salario bruto mensual | 34,29 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 480,00 € |
| Dietas | 480,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Bolvir
En-CertInactivo| Salario bruto mensual | 34,29 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 480,00 € |
| Dietas | 480,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Bartomeu Baque Muntane?
Bartomeu Baque Muntane percibe un sueldo bruto anual de 480 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Bolvir en Ayuntamiento De Bolvir. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Bartomeu Baque Muntane al mes?
Bartomeu Baque Muntane percibe 34 € brutos al mes, equivalentes a 480 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Bartomeu Baque Muntane?
El sueldo bruto anual de Bartomeu Baque Muntane (480 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Bartomeu Baque Muntane?
Bartomeu Baque Muntane está afiliado o vinculado a En-Cert.
¿Qué cargo tiene actualmente Bartomeu Baque Muntane?
Bartomeu Baque Muntane ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Bolvir en Ayuntamiento De Bolvir (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .