Benigno Galego Castro
Alcalde Del Ayuntamiento De Cerdido · PSOE
Cuánto gana Benigno Galego Castro: percibe 37.556 € brutos al año (3130 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de cerdido en Ayuntamiento De Cerdido.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Cerdido
- Institución
- Ayuntamiento De Cerdido
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Galicia
- Municipio
- Cerdido
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 14.176 € más al año que la media de alcaldes (161 %).
Sueldo y retribuciones de Benigno Galego Castro
Alcalde Del Ayuntamiento De Cerdido
PSdeG-PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3129,65 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 37.555,84 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Cerdido
PSdeG-PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3129,65 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 37.555,84 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Benigno Galego Castro?
Benigno Galego Castro percibe un sueldo bruto anual de 37.556 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Cerdido en Ayuntamiento De Cerdido. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Benigno Galego Castro al mes?
Benigno Galego Castro percibe 3130 € brutos al mes, equivalentes a 37.556 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Benigno Galego Castro?
El sueldo bruto anual de Benigno Galego Castro (37.556 €) equivale a 2,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Benigno Galego Castro?
Benigno Galego Castro está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Benigno Galego Castro?
Benigno Galego Castro ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Cerdido en Ayuntamiento De Cerdido (Galicia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .