Benito Serrano Mata
Alcalde Del Ayuntamiento De Golmayo · Partido Popular
Cuánto gana Benito Serrano Mata: percibe 15.442 € brutos al año (1103 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de golmayo en Ayuntamiento De Golmayo.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Golmayo
- Institución
- Ayuntamiento De Golmayo
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Golmayo
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 7938 € menos al año que la media de alcaldes (66 %).
Sueldo y retribuciones de Benito Serrano Mata
Alcalde Del Ayuntamiento De Golmayo
PPEn activo| Salario bruto mensual | 1103,01 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 15.442,16 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Golmayo
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 1026,08 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.312,94 € |
Sin dedicación
Otros políticos de Partido Popular
Ver todos →Otros alcaldes en Castilla y León
Ver todos →Comparar a Benito Serrano Mata con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Benito Serrano Mata?
Benito Serrano Mata percibe un sueldo bruto anual de 15.442 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Golmayo en Ayuntamiento De Golmayo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Benito Serrano Mata al mes?
Benito Serrano Mata percibe 1103 € brutos al mes, equivalentes a 15.442 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Benito Serrano Mata?
El sueldo bruto anual de Benito Serrano Mata (15.442 €) equivale a 0,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Benito Serrano Mata?
Benito Serrano Mata está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Benito Serrano Mata?
Benito Serrano Mata ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Golmayo en Ayuntamiento De Golmayo (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .