Bernarda Miguel Marcos
Alcaldesa · ADEIZA
Cuánto gana Bernarda Miguel Marcos: percibe 1550 € brutos al año (111 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Roales.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Roales
- Partido
- ADEIZA
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Roales
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 21.830 € menos al año que la media de alcaldes (7 %).
Sueldo y retribuciones de Bernarda Miguel Marcos
Alcaldesa
ADEIZAInactivo| Salario bruto mensual | 110,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1550,00 € |
| Dietas | 1550,00 € |
Sin dedicación
Alcaldesa
ADEIZAInactivo| Salario bruto mensual | 110,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1550,00 € |
| Dietas | 1550,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Bernarda Miguel Marcos?
Bernarda Miguel Marcos percibe un sueldo bruto anual de 1550 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Roales. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Bernarda Miguel Marcos al mes?
Bernarda Miguel Marcos percibe 111 € brutos al mes, equivalentes a 1550 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Bernarda Miguel Marcos?
El sueldo bruto anual de Bernarda Miguel Marcos (1550 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Bernarda Miguel Marcos?
Bernarda Miguel Marcos está afiliado o vinculado a ADEIZA.
¿Qué cargo tiene actualmente Bernarda Miguel Marcos?
Bernarda Miguel Marcos ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Roales (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .