Carles Álvarez i González
Alcalde Del Ayuntamiento De Vilamalla · CiU
Cuánto gana Carles Álvarez i González: percibe 13.400 € brutos al año (957 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de vilamalla en Ayuntamiento De Vilamalla.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Vilamalla
- Institución
- Ayuntamiento De Vilamalla
- Partido
- CiU
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Vilamalla
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 9980 € menos al año que la media de alcaldes (57 %).
Sueldo y retribuciones de Carles Álvarez i González
Alcalde Del Ayuntamiento De Vilamalla
CiUInactivo| Salario bruto mensual | 957,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 13.400,00 € |
| Dietas | 13.400,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Vilamalla
CiUInactivo| Salario bruto mensual | 957,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 13.400,00 € |
| Dietas | 13.400,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Carles Álvarez i González?
Carles Álvarez i González percibe un sueldo bruto anual de 13.400 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Vilamalla en Ayuntamiento De Vilamalla. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Carles Álvarez i González al mes?
Carles Álvarez i González percibe 957 € brutos al mes, equivalentes a 13.400 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Carles Álvarez i González?
El sueldo bruto anual de Carles Álvarez i González (13.400 €) equivale a 0,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Carles Álvarez i González?
Carles Álvarez i González está afiliado o vinculado a CiU.
¿Qué cargo tiene actualmente Carles Álvarez i González?
Carles Álvarez i González ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Vilamalla en Ayuntamiento De Vilamalla (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .