Carlos Paz González
Alcalde Del Ayuntamiento De San Amaro · XUNTOS
Cuánto gana Carlos Paz González: percibe 196 € brutos al año (14 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de san amaro en Ayuntamiento De San Amaro.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De San Amaro
- Institución
- Ayuntamiento De San Amaro
- Partido
- XUNTOS
- Comunidad
- Galicia
- Municipio
- San Amaro
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.184 € menos al año que la media de alcaldes (1 %).
Sueldo y retribuciones de Carlos Paz González
Alcalde Del Ayuntamiento De San Amaro
XUNTOS2021–2021| Salario bruto mensual | 14,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 196,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De San Amaro
XUNTOS2021–2021| Salario bruto mensual | 14,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 196,00 € |
Sin dedicación
Otros alcaldes en Galicia
Ver todos →Comparar a Carlos Paz González con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Carlos Paz González?
Carlos Paz González percibe un sueldo bruto anual de 196 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De San Amaro en Ayuntamiento De San Amaro. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Carlos Paz González al mes?
Carlos Paz González percibe 14 € brutos al mes, equivalentes a 196 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Carlos Paz González?
El sueldo bruto anual de Carlos Paz González (196 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Carlos Paz González?
Carlos Paz González está afiliado o vinculado a XUNTOS.
¿Qué cargo tiene actualmente Carlos Paz González?
Carlos Paz González ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De San Amaro en Ayuntamiento De San Amaro (Galicia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .