Carmen Mª Pérez del Molino
Alcaldesa · APPG
Cuánto gana Carmen Mª Pérez del Molino: percibe 47.500 € brutos al año (3393 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Guadarrama.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Guadarrama
- Partido
- APPG
- Comunidad
- Comunidad de Madrid
- Municipio
- Guadarrama
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 24.120 € más al año que la media de alcaldes (203 %).
Sueldo y retribuciones de Carmen Mª Pérez del Molino
Alcaldesa
APPGInactivo| Salario bruto mensual | 3392,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 47.500,04 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa
APPGInactivo| Salario bruto mensual | 3392,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 47.500,04 € |
Dedicación Exclusiva
Otros alcaldes en Comunidad de Madrid
Ver todos →Comparar a Carmen Mª Pérez del Molino con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Carmen Mª Pérez del Molino?
Carmen Mª Pérez del Molino percibe un sueldo bruto anual de 47.500 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Guadarrama. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Carmen Mª Pérez del Molino al mes?
Carmen Mª Pérez del Molino percibe 3393 € brutos al mes, equivalentes a 47.500 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Carmen Mª Pérez del Molino?
El sueldo bruto anual de Carmen Mª Pérez del Molino (47.500 €) equivale a 2,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Carmen Mª Pérez del Molino?
Carmen Mª Pérez del Molino está afiliado o vinculado a APPG.
¿Qué cargo tiene actualmente Carmen Mª Pérez del Molino?
Carmen Mª Pérez del Molino ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Guadarrama (Comunidad de Madrid).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .