Cayetano Ramos Sierra
Alcalde Del Ayuntamiento De Orellana La Vieja · PSOE
Cuánto gana Cayetano Ramos Sierra: percibe 27.159 € brutos al año (1940 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de orellana la vieja.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Orellana La Vieja
- Partido
- PSOE
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 3778 € más al año que la media de alcaldes (116 %).
Sueldo y retribuciones de Cayetano Ramos Sierra
Alcalde Del Ayuntamiento De Orellana La Vieja
PSOEDesde 2020| Salario bruto mensual | 1939,90 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 27.158,60 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Orellana La Vieja
PSOEDesde 2020| Salario bruto mensual | 1939,90 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 27.158,60 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Orellana La Vieja
PSOE2019–2020| Salario bruto mensual | 1827,32 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 25.582,45 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Cayetano Ramos Sierra?
Cayetano Ramos Sierra percibe un sueldo bruto anual de 27.159 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Orellana La Vieja. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Cayetano Ramos Sierra al mes?
Cayetano Ramos Sierra percibe 1940 € brutos al mes, equivalentes a 27.159 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Cayetano Ramos Sierra?
El sueldo bruto anual de Cayetano Ramos Sierra (27.159 €) equivale a 1,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Cayetano Ramos Sierra?
Cayetano Ramos Sierra está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Cayetano Ramos Sierra?
Cayetano Ramos Sierra ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Orellana La Vieja.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .