Cesar Alvarez Fernandez
Alcalde Del Ayuntamiento De Vegadeo · PSOE
Cuánto gana Cesar Alvarez Fernandez: percibe 43.467 € brutos al año en 2026 como alcalde del ayuntamiento de vegadeo en Ayuntamiento De Vegadeo.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Vegadeo
- Institución
- Ayuntamiento De Vegadeo
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Asturias
- Municipio
- Vegadeo
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 20.087 € más al año que la media de alcaldes (186 %).
Sueldo y retribuciones de Cesar Alvarez Fernandez
Alcalde Del Ayuntamiento De Vegadeo
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 43.467,11 € |
El Ayuntamiento no ha remitido información sobre las retribuciones en el año 2024 (ISPA 2025). El salario mostrado se corresponde al remitido por el municipio en el ISPA 2024.
Alcalde Del Ayuntamiento De Vegadeo
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3499,79 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 41.997,46 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Cesar Alvarez Fernandez?
Cesar Alvarez Fernandez percibe un sueldo bruto anual de 43.467 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Vegadeo en Ayuntamiento De Vegadeo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Cesar Alvarez Fernandez?
El sueldo bruto anual de Cesar Alvarez Fernandez (43.467 €) equivale a 2,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Cesar Alvarez Fernandez?
Cesar Alvarez Fernandez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Cesar Alvarez Fernandez?
Cesar Alvarez Fernandez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Vegadeo en Ayuntamiento De Vegadeo (Asturias).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .