Claudio Guardiola Alarcon
Alcalde Del Ayuntamiento De Todolella · U.P.T.
Cuánto gana Claudio Guardiola Alarcon: percibe 657 € brutos al año (47 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de todolella en Ayuntamiento De Todolella.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Todolella
- Institución
- Ayuntamiento De Todolella
- Partido
- U.P.T.
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Todolella
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.723 € menos al año que la media de alcaldes (3 %).
Sueldo y retribuciones de Claudio Guardiola Alarcon
Alcalde Del Ayuntamiento De Todolella
U.P.T.2019–2021| Salario bruto mensual | 46,93 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 657,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Todolella
U.P.T.2019–2021| Salario bruto mensual | 46,93 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 657,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Claudio Guardiola Alarcon?
Claudio Guardiola Alarcon percibe un sueldo bruto anual de 657 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Todolella en Ayuntamiento De Todolella. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Claudio Guardiola Alarcon al mes?
Claudio Guardiola Alarcon percibe 47 € brutos al mes, equivalentes a 657 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Claudio Guardiola Alarcon?
El sueldo bruto anual de Claudio Guardiola Alarcon (657 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Claudio Guardiola Alarcon?
Claudio Guardiola Alarcon está afiliado o vinculado a U.P.T..
¿Qué cargo tiene actualmente Claudio Guardiola Alarcon?
Claudio Guardiola Alarcon ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Todolella en Ayuntamiento De Todolella (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .