Cristobal Romero Marquez
Alcalde Del Ayuntamiento De Trigueros · PSOE
Cuánto gana Cristobal Romero Marquez: percibe 4600 € brutos al año (383 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de trigueros en Ayuntamiento De Trigueros.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Trigueros
- Institución
- Ayuntamiento De Trigueros
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Trigueros
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 18.780 € menos al año que la media de alcaldes (20 %).
Sueldo y retribuciones de Cristobal Romero Marquez
Alcalde Del Ayuntamiento De Trigueros
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 383,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 4600,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Trigueros
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 383,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 4600,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Cristobal Romero Marquez?
Cristobal Romero Marquez percibe un sueldo bruto anual de 4600 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Trigueros en Ayuntamiento De Trigueros. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Cristobal Romero Marquez al mes?
Cristobal Romero Marquez percibe 383 € brutos al mes, equivalentes a 4600 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Cristobal Romero Marquez?
El sueldo bruto anual de Cristobal Romero Marquez (4600 €) equivale a 0,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Cristobal Romero Marquez?
Cristobal Romero Marquez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Cristobal Romero Marquez?
Cristobal Romero Marquez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Trigueros en Ayuntamiento De Trigueros (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .