Daniel Reina Ureña
Alcalde Del Ayuntamiento De Almagro · PSOE
Cuánto gana Daniel Reina Ureña: percibe 47.759 € brutos al año (3980 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de almagro en Ayuntamiento De Almagro.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Almagro
- Institución
- Ayuntamiento De Almagro
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Almagro
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 24.379 € más al año que la media de alcaldes (204 %).
Sueldo y retribuciones de Daniel Reina Ureña
Alcalde Del Ayuntamiento De Almagro
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3979,94 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 47.759,30 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Almagro
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3979,94 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 47.759,30 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Daniel Reina Ureña?
Daniel Reina Ureña percibe un sueldo bruto anual de 47.759 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Almagro en Ayuntamiento De Almagro. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Daniel Reina Ureña al mes?
Daniel Reina Ureña percibe 3980 € brutos al mes, equivalentes a 47.759 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Daniel Reina Ureña?
El sueldo bruto anual de Daniel Reina Ureña (47.759 €) equivale a 2,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Daniel Reina Ureña?
Daniel Reina Ureña está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Daniel Reina Ureña?
Daniel Reina Ureña ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Almagro en Ayuntamiento De Almagro (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .