David Cobos Sarraoa
Alcalde Del Ayuntamiento De Atxondo · EH Bildu
Cuánto gana David Cobos Sarraoa: percibe 21.365 € brutos al año (1526 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de atxondo en Ayuntamiento De Atxondo.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Atxondo
- Institución
- Ayuntamiento De Atxondo
- Partido
- EH Bildu
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Atxondo
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 2015 € menos al año que la media de alcaldes (91 %).
Sueldo y retribuciones de David Cobos Sarraoa
Alcalde Del Ayuntamiento De Atxondo
EH BilduInactivo| Salario bruto mensual | 1526,05 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 21.364,67 € |
| Dietas | 290,00 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Atxondo
EH BilduInactivo| Salario bruto mensual | 1526,05 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 21.364,67 € |
| Dietas | 290,00 € |
Dedicación Parcial
Otros políticos de EH Bildu
Ver todos →Otros alcaldes en País Vasco
Ver todos →Comparar a David Cobos Sarraoa con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana David Cobos Sarraoa?
David Cobos Sarraoa percibe un sueldo bruto anual de 21.365 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Atxondo en Ayuntamiento De Atxondo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra David Cobos Sarraoa al mes?
David Cobos Sarraoa percibe 1526 € brutos al mes, equivalentes a 21.365 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de David Cobos Sarraoa?
El sueldo bruto anual de David Cobos Sarraoa (21.365 €) equivale a 1,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es David Cobos Sarraoa?
David Cobos Sarraoa está afiliado o vinculado a EH Bildu.
¿Qué cargo tiene actualmente David Cobos Sarraoa?
David Cobos Sarraoa ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Atxondo en Ayuntamiento De Atxondo (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .