Demetrio Martín Peña
Alcalde Del Ayuntamiento De Langayo · AEL
Cuánto gana Demetrio Martín Peña: percibe 4800 € brutos al año (343 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de langayo en Ayuntamiento De Langayo.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Langayo
- Institución
- Ayuntamiento De Langayo
- Partido
- AEL
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Langayo
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 18.580 € menos al año que la media de alcaldes (21 %).
Sueldo y retribuciones de Demetrio Martín Peña
Alcalde Del Ayuntamiento De Langayo
AELInactivo| Salario bruto mensual | 342,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 4800,00 € |
| Dietas | 4800,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Langayo
AELInactivo| Salario bruto mensual | 342,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 4800,00 € |
| Dietas | 4800,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Demetrio Martín Peña?
Demetrio Martín Peña percibe un sueldo bruto anual de 4800 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Langayo en Ayuntamiento De Langayo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Demetrio Martín Peña al mes?
Demetrio Martín Peña percibe 343 € brutos al mes, equivalentes a 4800 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Demetrio Martín Peña?
El sueldo bruto anual de Demetrio Martín Peña (4800 €) equivale a 0,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Demetrio Martín Peña?
Demetrio Martín Peña está afiliado o vinculado a AEL.
¿Qué cargo tiene actualmente Demetrio Martín Peña?
Demetrio Martín Peña ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Langayo en Ayuntamiento De Langayo (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .