Diego Manuel Agüera Piñero
Alcalde Del Ayuntamiento De La Algaba · PSOE
Cuánto gana Diego Manuel Agüera Piñero: percibe 12.025 € brutos al año (859 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de la algaba en Ayuntamiento De La Algaba.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De La Algaba
- Institución
- Ayuntamiento De La Algaba
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- La Algaba
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.355 € menos al año que la media de alcaldes (51 %).
Sueldo y retribuciones de Diego Manuel Agüera Piñero
Alcalde Del Ayuntamiento De La Algaba
PSOE-AEn activo| Salario bruto mensual | 858,93 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.025,00 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Algaba La
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 0,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Diego Manuel Agüera Piñero?
Diego Manuel Agüera Piñero percibe un sueldo bruto anual de 12.025 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De La Algaba en Ayuntamiento De La Algaba. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Diego Manuel Agüera Piñero al mes?
Diego Manuel Agüera Piñero percibe 859 € brutos al mes, equivalentes a 12.025 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Diego Manuel Agüera Piñero?
El sueldo bruto anual de Diego Manuel Agüera Piñero (12.025 €) equivale a 0,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Diego Manuel Agüera Piñero?
Diego Manuel Agüera Piñero está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Diego Manuel Agüera Piñero?
Diego Manuel Agüera Piñero ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De La Algaba en Ayuntamiento De La Algaba (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .