Dionisio Vasco Juez
Alcalde Del Ayuntamiento De Alcuéscar · PSOE
Cuánto gana Dionisio Vasco Juez: percibe 2874 € brutos al año (205 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de alcuéscar en Ayuntamiento De Alcuéscar.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Alcuéscar
- Institución
- Ayuntamiento De Alcuéscar
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Alcuéscar
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 20.506 € menos al año que la media de alcaldes (12 %).
Sueldo y retribuciones de Dionisio Vasco Juez
Alcalde Del Ayuntamiento De Alcuéscar
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 205,29 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2874,00 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Alcuéscar
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 113,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1360,00 € |
Sin dedicación
Otros políticos de PSOE
Ver todos →Otros alcaldes en Extremadura
Ver todos →Comparar a Dionisio Vasco Juez con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Dionisio Vasco Juez?
Dionisio Vasco Juez percibe un sueldo bruto anual de 2874 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Alcuéscar en Ayuntamiento De Alcuéscar. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Dionisio Vasco Juez al mes?
Dionisio Vasco Juez percibe 205 € brutos al mes, equivalentes a 2874 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Dionisio Vasco Juez?
El sueldo bruto anual de Dionisio Vasco Juez (2874 €) equivale a 0,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Dionisio Vasco Juez?
Dionisio Vasco Juez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Dionisio Vasco Juez?
Dionisio Vasco Juez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Alcuéscar en Ayuntamiento De Alcuéscar (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .