Dionisio Vicente González
Alcalde Del Ayuntamiento De Luciana · PSOE
Cuánto gana Dionisio Vicente González: percibe 1740 € brutos al año (145 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de luciana en Ayuntamiento De Luciana.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Luciana
- Institución
- Ayuntamiento De Luciana
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Luciana
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 21.640 € menos al año que la media de alcaldes (7 %).
Sueldo y retribuciones de Dionisio Vicente González
Alcalde Del Ayuntamiento De Luciana
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 145,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1740,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Luciana
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 145,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1740,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Dionisio Vicente González?
Dionisio Vicente González percibe un sueldo bruto anual de 1740 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Luciana en Ayuntamiento De Luciana. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Dionisio Vicente González al mes?
Dionisio Vicente González percibe 145 € brutos al mes, equivalentes a 1740 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Dionisio Vicente González?
El sueldo bruto anual de Dionisio Vicente González (1740 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Dionisio Vicente González?
Dionisio Vicente González está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Dionisio Vicente González?
Dionisio Vicente González ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Luciana en Ayuntamiento De Luciana (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .