Dolores Gonzalez Arevalo
Alcaldesa · PSOE
Cuánto gana Dolores Gonzalez Arevalo: percibe 27.304 € brutos al año (1950 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Corral De Almaguer.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Corral De Almaguer
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Corral De Almaguer
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 3924 € más al año que la media de alcaldes (117 %).
Sueldo y retribuciones de Dolores Gonzalez Arevalo
Alcaldesa
PSOE2019–2021| Salario bruto mensual | 1950,32 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 27.304,43 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
PSOE2019–2021| Salario bruto mensual | 1950,32 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 27.304,43 € |
Dedicación Parcial
Otros políticos de PSOE
Ver todos →Otros alcaldes en Castilla-La Mancha
Ver todos →Comparar a Dolores Gonzalez Arevalo con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Dolores Gonzalez Arevalo?
Dolores Gonzalez Arevalo percibe un sueldo bruto anual de 27.304 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Corral De Almaguer. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Dolores Gonzalez Arevalo al mes?
Dolores Gonzalez Arevalo percibe 1950 € brutos al mes, equivalentes a 27.304 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Dolores Gonzalez Arevalo?
El sueldo bruto anual de Dolores Gonzalez Arevalo (27.304 €) equivale a 1,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Dolores Gonzalez Arevalo?
Dolores Gonzalez Arevalo está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Dolores Gonzalez Arevalo?
Dolores Gonzalez Arevalo ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Corral De Almaguer (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .