Edmundo Maseda Maseda
Alcalde Del Ayuntamiento De Valadouro O · PSOE
Cuánto gana Edmundo Maseda Maseda: percibe 6507 € brutos al año (542 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de valadouro o en Ayuntamiento De Valadouro O.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Valadouro O
- Institución
- Ayuntamiento De Valadouro O
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Galicia
- Municipio
- Valadouro O
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.873 € menos al año que la media de alcaldes (28 %).
Sueldo y retribuciones de Edmundo Maseda Maseda
Alcalde Del Ayuntamiento De Valadouro O
PSdeG-PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 542,22 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 6506,66 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Valadouro O
PSdeG-PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 542,22 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 6506,66 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Edmundo Maseda Maseda?
Edmundo Maseda Maseda percibe un sueldo bruto anual de 6507 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Valadouro O en Ayuntamiento De Valadouro O. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Edmundo Maseda Maseda al mes?
Edmundo Maseda Maseda percibe 542 € brutos al mes, equivalentes a 6507 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Edmundo Maseda Maseda?
El sueldo bruto anual de Edmundo Maseda Maseda (6507 €) equivale a 0,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Edmundo Maseda Maseda?
Edmundo Maseda Maseda está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Edmundo Maseda Maseda?
Edmundo Maseda Maseda ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Valadouro O en Ayuntamiento De Valadouro O (Galicia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .