Eduardo Burgos García
Alcalde Del Ayuntamiento De Torrelaguna · PSOE
Cuánto gana Eduardo Burgos García: percibe 34.486 € brutos al año en 2026 como alcalde del ayuntamiento de torrelaguna.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Torrelaguna
- Partido
- PSOE
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.106 € más al año que la media de alcaldes (147 %).
Sueldo y retribuciones de Eduardo Burgos García
Alcalde Del Ayuntamiento De Torrelaguna
PSOE2023–2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 34.485,68 € |
El salario corresponde a su precedesor/a en el mismo cargo con la información que aportó el año 2023 al ISPA y en exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Torrelaguna
PSOE2023–2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 34.485,68 € |
El salario corresponde a su precedesor/a en el mismo cargo con la información que aportó el año 2023 al ISPA y en exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Torrelaguna
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 2857,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 34.285,68 € |
Dedicación Exclusiva
Otros políticos de PSOE
Ver todos →Otros alcaldes
Ver todos →Comparar a Eduardo Burgos García con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Eduardo Burgos García?
Eduardo Burgos García percibe un sueldo bruto anual de 34.486 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Torrelaguna. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Eduardo Burgos García?
El sueldo bruto anual de Eduardo Burgos García (34.486 €) equivale a 2,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Eduardo Burgos García?
Eduardo Burgos García está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Eduardo Burgos García?
Eduardo Burgos García ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Torrelaguna.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .