Eladio de la Concha García-Mauriño
Concejal · Vox
Cuánto gana Eladio de la Concha García-Mauriño: percibe 50.326 € brutos al año (3595 € al mes) en 2026 como concejal en Ayuntamiento De Gijón.
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 8537 € menos al año que la media de concejales (85 %).
Sueldo y retribuciones de Eladio de la Concha García-Mauriño
Concejal
VOX2019–2023| Salario bruto mensual | 3594,70 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 50.325,76 € |
Concejal
VOX2019–2023| Salario bruto mensual | 3594,70 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 50.325,76 € |
Otros políticos de Vox
Ver todos →Otros concejales en Asturias
Ver todos →Comparar a Eladio de la Concha García-Mauriño con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Eladio de la Concha García-Mauriño?
Eladio de la Concha García-Mauriño percibe un sueldo bruto anual de 50.326 € en 2026 como Concejal en Ayuntamiento De Gijón. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Eladio de la Concha García-Mauriño al mes?
Eladio de la Concha García-Mauriño percibe 3595 € brutos al mes, equivalentes a 50.326 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Eladio de la Concha García-Mauriño?
El sueldo bruto anual de Eladio de la Concha García-Mauriño (50.326 €) equivale a 2,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Eladio de la Concha García-Mauriño?
Eladio de la Concha García-Mauriño está afiliado o vinculado a Vox.
¿Qué cargo tiene actualmente Eladio de la Concha García-Mauriño?
Eladio de la Concha García-Mauriño ocupa actualmente el cargo de Concejal en Ayuntamiento De Gijón (Asturias).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .