Elena Gordon Altares
Alcaldesa · UNALM
Cuánto gana Elena Gordon Altares: percibe 1078 € brutos al año (77 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Almonacid De Zorita.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Almonacid De Zorita
- Partido
- UNALM
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Almonacid De Zorita
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.302 € menos al año que la media de alcaldes (5 %).
Sueldo y retribuciones de Elena Gordon Altares
Alcaldesa
UNALMInactivo| Salario bruto mensual | 76,99 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1077,79 € |
| Dietas | 1077,79 € |
Sin dedicación
Alcaldesa
UNALMInactivo| Salario bruto mensual | 76,99 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1077,79 € |
| Dietas | 1077,79 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Elena Gordon Altares?
Elena Gordon Altares percibe un sueldo bruto anual de 1078 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Almonacid De Zorita. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Elena Gordon Altares al mes?
Elena Gordon Altares percibe 77 € brutos al mes, equivalentes a 1078 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Elena Gordon Altares?
El sueldo bruto anual de Elena Gordon Altares (1078 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Elena Gordon Altares?
Elena Gordon Altares está afiliado o vinculado a UNALM.
¿Qué cargo tiene actualmente Elena Gordon Altares?
Elena Gordon Altares ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Almonacid De Zorita (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .