Elías López Sánchez
Alcalde Del Ayuntamiento De Campanario · PSOE
Cuánto gana Elías López Sánchez: percibe 2490 € brutos al año (208 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de campanario en Ayuntamiento De Campanario.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Campanario
- Institución
- Ayuntamiento De Campanario
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Campanario
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 20.890 € menos al año que la media de alcaldes (11 %).
Sueldo y retribuciones de Elías López Sánchez
Alcalde Del Ayuntamiento De Campanario
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 207,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2490,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Campanario
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 207,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2490,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Elías López Sánchez?
Elías López Sánchez percibe un sueldo bruto anual de 2490 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Campanario en Ayuntamiento De Campanario. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Elías López Sánchez al mes?
Elías López Sánchez percibe 208 € brutos al mes, equivalentes a 2490 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Elías López Sánchez?
El sueldo bruto anual de Elías López Sánchez (2490 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Elías López Sánchez?
Elías López Sánchez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Elías López Sánchez?
Elías López Sánchez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Campanario en Ayuntamiento De Campanario (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .