Elías Romero Cejudo
Alcalde Del Ayuntamiento De Santa Eufemia · PSOE
Cuánto gana Elías Romero Cejudo: percibe 29.250 € brutos al año (2089 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de santa eufemia en Ayuntamiento De Santa Eufemia.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Santa Eufemia
- Institución
- Ayuntamiento De Santa Eufemia
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Santa Eufemia
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 5870 € más al año que la media de alcaldes (125 %).
Sueldo y retribuciones de Elías Romero Cejudo
Alcalde Del Ayuntamiento De Santa Eufemia
PSOE-AInactivo| Salario bruto mensual | 2089,28 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 29.249,88 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Santa Eufemia
PSOE-AInactivo| Salario bruto mensual | 2089,28 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 29.249,88 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Elías Romero Cejudo?
Elías Romero Cejudo percibe un sueldo bruto anual de 29.250 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Santa Eufemia en Ayuntamiento De Santa Eufemia. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Elías Romero Cejudo al mes?
Elías Romero Cejudo percibe 2089 € brutos al mes, equivalentes a 29.250 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Elías Romero Cejudo?
El sueldo bruto anual de Elías Romero Cejudo (29.250 €) equivale a 1,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Elías Romero Cejudo?
Elías Romero Cejudo está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Elías Romero Cejudo?
Elías Romero Cejudo ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Santa Eufemia en Ayuntamiento De Santa Eufemia (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .