Eligio Geijo Palacio
Alcalde Del Ayuntamiento De Val De San Lorenzo · UPL
No consta una retribución pública para el cargo actual de Eligio Geijo Palacio. Puede tratarse de un cargo sin dedicación exclusiva, ad honorem o sin dato salarial publicado en las fuentes oficiales consultadas.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Val De San Lorenzo
- Institución
- Ayuntamiento De Val De San Lorenzo
- Partido
- UPL
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Val De San Lorenzo
Biografía
Eligio Geijo Palacio ocupó el cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Val de San Lorenzo en representación de U.P.L. Ostenta el cargo sin retribución pública (cargo ad honorem). Anteriormente ocupó el cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Val de San Lorenzo entre 2019 y 2019 en representación de U.P.L.
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.380 € menos al año que la media de alcaldes.
Sueldo y retribuciones de Eligio Geijo Palacio
Alcalde Del Ayuntamiento De Val De San Lorenzo
U.P.L.2019–2019| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 0,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Val De San Lorenzo
U.P.L.2019–2019| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 0,00 € |
Sin dedicación
Otros políticos de UPL
Ver todos →Otros alcaldes en Castilla y León
Ver todos →Comparar a Eligio Geijo Palacio con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿De qué partido es Eligio Geijo Palacio?
Eligio Geijo Palacio está afiliado o vinculado a UPL.
¿Qué cargo tiene actualmente Eligio Geijo Palacio?
Eligio Geijo Palacio ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Val De San Lorenzo en Ayuntamiento De Val De San Lorenzo (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .