Eloisa Martín Sánchez
Alcaldesa · Partido Popular
Cuánto gana Eloisa Martín Sánchez: percibe 12.104 € brutos al año (865 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Mesas De Ibor.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Mesas De Ibor
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Mesas De Ibor
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.276 € menos al año que la media de alcaldes (52 %).
Sueldo y retribuciones de Eloisa Martín Sánchez
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 864,56 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.103,84 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 864,56 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.103,84 € |
Dedicación Parcial
Otros políticos de Partido Popular
Ver todos →Otros alcaldes en Extremadura
Ver todos →Comparar a Eloisa Martín Sánchez con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Eloisa Martín Sánchez?
Eloisa Martín Sánchez percibe un sueldo bruto anual de 12.104 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Mesas De Ibor. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Eloisa Martín Sánchez al mes?
Eloisa Martín Sánchez percibe 865 € brutos al mes, equivalentes a 12.104 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Eloisa Martín Sánchez?
El sueldo bruto anual de Eloisa Martín Sánchez (12.104 €) equivale a 0,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Eloisa Martín Sánchez?
Eloisa Martín Sánchez está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Eloisa Martín Sánchez?
Eloisa Martín Sánchez ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Mesas De Ibor (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .