Emilio Jiménez Martín
Alcalde Del Ayuntamiento De Muñogalindo · Partido Popular
Cuánto gana Emilio Jiménez Martín: percibe 2950 € brutos al año (246 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de muñogalindo en Ayuntamiento De Muñogalindo.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Muñogalindo
- Institución
- Ayuntamiento De Muñogalindo
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Muñogalindo
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 20.430 € menos al año que la media de alcaldes (13 %).
Sueldo y retribuciones de Emilio Jiménez Martín
Alcalde Del Ayuntamiento De Muñogalindo
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 245,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2950,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Muñogalindo
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 245,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2950,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Emilio Jiménez Martín?
Emilio Jiménez Martín percibe un sueldo bruto anual de 2950 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Muñogalindo en Ayuntamiento De Muñogalindo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Emilio Jiménez Martín al mes?
Emilio Jiménez Martín percibe 246 € brutos al mes, equivalentes a 2950 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Emilio Jiménez Martín?
El sueldo bruto anual de Emilio Jiménez Martín (2950 €) equivale a 0,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Emilio Jiménez Martín?
Emilio Jiménez Martín está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Emilio Jiménez Martín?
Emilio Jiménez Martín ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Muñogalindo en Ayuntamiento De Muñogalindo (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .