Enrique Gironella i Colomer
Alcalde Del Ayuntamiento De Cistella · CiU
Cuánto gana Enrique Gironella i Colomer: percibe 14.000 € brutos al año (1000 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de cistella en Ayuntamiento De Cistella.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Cistella
- Institución
- Ayuntamiento De Cistella
- Partido
- CiU
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Cistella
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 9380 € menos al año que la media de alcaldes (60 %).
Sueldo y retribuciones de Enrique Gironella i Colomer
Alcalde Del Ayuntamiento De Cistella
CiUInactivo| Salario bruto mensual | 1000,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 14.000,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Cistella
CiUInactivo| Salario bruto mensual | 1000,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 14.000,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Enrique Gironella i Colomer?
Enrique Gironella i Colomer percibe un sueldo bruto anual de 14.000 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Cistella en Ayuntamiento De Cistella. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Enrique Gironella i Colomer al mes?
Enrique Gironella i Colomer percibe 1000 € brutos al mes, equivalentes a 14.000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Enrique Gironella i Colomer?
El sueldo bruto anual de Enrique Gironella i Colomer (14.000 €) equivale a 0,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Enrique Gironella i Colomer?
Enrique Gironella i Colomer está afiliado o vinculado a CiU.
¿Qué cargo tiene actualmente Enrique Gironella i Colomer?
Enrique Gironella i Colomer ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Cistella en Ayuntamiento De Cistella (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .