Esteban Heras Ruiz
Alcalde Del Ayuntamiento De Orusco De Tajuña · PSOE
Cuánto gana Esteban Heras Ruiz: percibe 29.449 € brutos al año (2103 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de orusco de tajuña en Ayuntamiento De Orusco De Tajuña.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Orusco De Tajuña
- Institución
- Ayuntamiento De Orusco De Tajuña
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Comunidad de Madrid
- Municipio
- Orusco De Tajuña
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 6069 € más al año que la media de alcaldes (126 %).
Sueldo y retribuciones de Esteban Heras Ruiz
Alcalde Del Ayuntamiento De Orusco De Tajuña
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 2103,48 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 29.448,72 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Orusco De Tajuña
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 2103,48 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 29.448,72 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Esteban Heras Ruiz?
Esteban Heras Ruiz percibe un sueldo bruto anual de 29.449 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Orusco De Tajuña en Ayuntamiento De Orusco De Tajuña. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Esteban Heras Ruiz al mes?
Esteban Heras Ruiz percibe 2103 € brutos al mes, equivalentes a 29.449 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Esteban Heras Ruiz?
El sueldo bruto anual de Esteban Heras Ruiz (29.449 €) equivale a 1,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Esteban Heras Ruiz?
Esteban Heras Ruiz está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Esteban Heras Ruiz?
Esteban Heras Ruiz ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Orusco De Tajuña en Ayuntamiento De Orusco De Tajuña (Comunidad de Madrid).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .