Eva María Roig Tortosa
Alcaldesa · PSOE
Cuánto gana Eva María Roig Tortosa: percibe 19.184 € brutos al año (1370 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Beneixida.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Beneixida
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Beneixida
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 4196 € menos al año que la media de alcaldes (82 %).
Sueldo y retribuciones de Eva María Roig Tortosa
Alcaldesa
PSOEHasta 2019| Salario bruto mensual | 1370,30 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 19.184,24 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
PSOEHasta 2019| Salario bruto mensual | 1370,30 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 19.184,24 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Eva María Roig Tortosa?
Eva María Roig Tortosa percibe un sueldo bruto anual de 19.184 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Beneixida. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Eva María Roig Tortosa al mes?
Eva María Roig Tortosa percibe 1370 € brutos al mes, equivalentes a 19.184 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Eva María Roig Tortosa?
El sueldo bruto anual de Eva María Roig Tortosa (19.184 €) equivale a 1,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Eva María Roig Tortosa?
Eva María Roig Tortosa está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Eva María Roig Tortosa?
Eva María Roig Tortosa ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Beneixida (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .