Felipe Blasco Santos
Alcalde Del Ayuntamiento De Bustarviejo · Partido Popular
Cuánto gana Felipe Blasco Santos: percibe 2200 € brutos al año (183 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de bustarviejo en Ayuntamiento De Bustarviejo.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Bustarviejo
- Institución
- Ayuntamiento De Bustarviejo
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Comunidad de Madrid
- Municipio
- Bustarviejo
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 21.180 € menos al año que la media de alcaldes (9 %).
Sueldo y retribuciones de Felipe Blasco Santos
Alcalde Del Ayuntamiento De Bustarviejo
PP2020–2023| Salario bruto mensual | 183,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2200,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Bustarviejo
PP2020–2023| Salario bruto mensual | 183,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2200,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Felipe Blasco Santos?
Felipe Blasco Santos percibe un sueldo bruto anual de 2200 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Bustarviejo en Ayuntamiento De Bustarviejo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Felipe Blasco Santos al mes?
Felipe Blasco Santos percibe 183 € brutos al mes, equivalentes a 2200 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Felipe Blasco Santos?
El sueldo bruto anual de Felipe Blasco Santos (2200 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Felipe Blasco Santos?
Felipe Blasco Santos está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Felipe Blasco Santos?
Felipe Blasco Santos ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Bustarviejo en Ayuntamiento De Bustarviejo (Comunidad de Madrid).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .