Felix Maria Ezcay Iglesias
Alcalde Del Ayuntamiento De Cilleros · Partido Popular
Cuánto gana Felix Maria Ezcay Iglesias: percibe 33.660 € brutos al año (2404 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de cilleros en Ayuntamiento De Cilleros.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Cilleros
- Institución
- Ayuntamiento De Cilleros
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Cilleros
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 10.280 € más al año que la media de alcaldes (144 %).
Sueldo y retribuciones de Felix Maria Ezcay Iglesias
Alcalde Del Ayuntamiento De Cilleros
PPEn activo| Salario bruto mensual | 2404,28 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 33.659,96 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Cilleros
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 2416,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 29.000,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Felix Maria Ezcay Iglesias?
Felix Maria Ezcay Iglesias percibe un sueldo bruto anual de 33.660 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Cilleros en Ayuntamiento De Cilleros. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Felix Maria Ezcay Iglesias al mes?
Felix Maria Ezcay Iglesias percibe 2404 € brutos al mes, equivalentes a 33.660 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Felix Maria Ezcay Iglesias?
El sueldo bruto anual de Felix Maria Ezcay Iglesias (33.660 €) equivale a 2,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Felix Maria Ezcay Iglesias?
Felix Maria Ezcay Iglesias está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Felix Maria Ezcay Iglesias?
Felix Maria Ezcay Iglesias ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Cilleros en Ayuntamiento De Cilleros (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .