Fernando Moreno Cob
Alcalde Del Ayuntamiento De Riaño · Ciudadanos
Cuánto gana Fernando Moreno Cob: percibe 2310 € brutos al año (193 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de riaño en Ayuntamiento De Riaño.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Riaño
- Institución
- Ayuntamiento De Riaño
- Partido
- Ciudadanos
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Riaño
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 21.070 € menos al año que la media de alcaldes (10 %).
Sueldo y retribuciones de Fernando Moreno Cob
Alcalde Del Ayuntamiento De Riaño
Cs2019–2023| Salario bruto mensual | 192,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2310,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Riaño
Cs2019–2023| Salario bruto mensual | 192,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2310,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Fernando Moreno Cob?
Fernando Moreno Cob percibe un sueldo bruto anual de 2310 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Riaño en Ayuntamiento De Riaño. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Fernando Moreno Cob al mes?
Fernando Moreno Cob percibe 193 € brutos al mes, equivalentes a 2310 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Fernando Moreno Cob?
El sueldo bruto anual de Fernando Moreno Cob (2310 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Fernando Moreno Cob?
Fernando Moreno Cob está afiliado o vinculado a Ciudadanos.
¿Qué cargo tiene actualmente Fernando Moreno Cob?
Fernando Moreno Cob ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Riaño en Ayuntamiento De Riaño (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .