Fernando Navarro Pardo
Alcalde Del Ayuntamiento De Cortes De Pallás · PSOE
Cuánto gana Fernando Navarro Pardo: percibe 31.919 € brutos al año (2280 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de cortes de pallás.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Cortes De Pallás
- Partido
- PSOE
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 8539 € más al año que la media de alcaldes (137 %).
Sueldo y retribuciones de Fernando Navarro Pardo
Alcalde Del Ayuntamiento De Cortes De Pallás
PSOEDesde 2019| Salario bruto mensual | 2279,91 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 31.918,78 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Cortes De Pallás
PSOEDesde 2019| Salario bruto mensual | 2279,91 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 31.918,78 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Cortes De Pallás
PSOEHasta 2019| Salario bruto mensual | 2287,11 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 32.019,52 € |
| Dietas | 1720,30 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Fernando Navarro Pardo?
Fernando Navarro Pardo percibe un sueldo bruto anual de 31.919 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Cortes De Pallás. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Fernando Navarro Pardo al mes?
Fernando Navarro Pardo percibe 2280 € brutos al mes, equivalentes a 31.919 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Fernando Navarro Pardo?
El sueldo bruto anual de Fernando Navarro Pardo (31.919 €) equivale a 1,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Fernando Navarro Pardo?
Fernando Navarro Pardo está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Fernando Navarro Pardo?
Fernando Navarro Pardo ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Cortes De Pallás.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .