Fernando Romero González
Alcalde Del Ayuntamiento De Huete · Partido Popular
Cuánto gana Fernando Romero González: percibe 13.056 € brutos al año (933 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de huete en Ayuntamiento De Huete.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Huete
- Institución
- Ayuntamiento De Huete
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Huete
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 10.325 € menos al año que la media de alcaldes (56 %).
Sueldo y retribuciones de Fernando Romero González
Alcalde Del Ayuntamiento De Huete
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 932,54 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 13.055,58 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Huete
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 932,54 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 13.055,58 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Fernando Romero González?
Fernando Romero González percibe un sueldo bruto anual de 13.056 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Huete en Ayuntamiento De Huete. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Fernando Romero González al mes?
Fernando Romero González percibe 933 € brutos al mes, equivalentes a 13.056 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Fernando Romero González?
El sueldo bruto anual de Fernando Romero González (13.056 €) equivale a 0,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Fernando Romero González?
Fernando Romero González está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Fernando Romero González?
Fernando Romero González ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Huete en Ayuntamiento De Huete (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .