Fernando Sanchez Morales
Alcalde Del Ayuntamiento De Canfranc · PSOE
Cuánto gana Fernando Sanchez Morales: percibe 11.000 € brutos al año (786 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de canfranc en Ayuntamiento De Canfranc.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Canfranc
- Institución
- Ayuntamiento De Canfranc
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Aragón
- Municipio
- Canfranc
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 12.380 € menos al año que la media de alcaldes (47 %).
Sueldo y retribuciones de Fernando Sanchez Morales
Alcalde Del Ayuntamiento De Canfranc
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 785,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 11.000,00 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Canfranc
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 850,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 10.200,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Fernando Sanchez Morales?
Fernando Sanchez Morales percibe un sueldo bruto anual de 11.000 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Canfranc en Ayuntamiento De Canfranc. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Fernando Sanchez Morales al mes?
Fernando Sanchez Morales percibe 786 € brutos al mes, equivalentes a 11.000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Fernando Sanchez Morales?
El sueldo bruto anual de Fernando Sanchez Morales (11.000 €) equivale a 0,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Fernando Sanchez Morales?
Fernando Sanchez Morales está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Fernando Sanchez Morales?
Fernando Sanchez Morales ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Canfranc en Ayuntamiento De Canfranc (Aragón).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .