Francisca Elena Ruiz Bueno
Alcaldesa · IULV-CA
Cuánto gana Francisca Elena Ruiz Bueno: percibe 34.147 € brutos al año (2439 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Fernán-Núñez.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Fernán-Núñez
- Partido
- IULV-CA
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Fernán-Núñez
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 10.767 € más al año que la media de alcaldes (146 %).
Sueldo y retribuciones de Francisca Elena Ruiz Bueno
Alcaldesa
IULV-CAInactivo| Salario bruto mensual | 2439,06 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 34.146,82 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa
IULV-CAInactivo| Salario bruto mensual | 2439,06 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 34.146,82 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Francisca Elena Ruiz Bueno?
Francisca Elena Ruiz Bueno percibe un sueldo bruto anual de 34.147 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Fernán-Núñez. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Francisca Elena Ruiz Bueno al mes?
Francisca Elena Ruiz Bueno percibe 2439 € brutos al mes, equivalentes a 34.147 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Francisca Elena Ruiz Bueno?
El sueldo bruto anual de Francisca Elena Ruiz Bueno (34.147 €) equivale a 2,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Francisca Elena Ruiz Bueno?
Francisca Elena Ruiz Bueno está afiliado o vinculado a IULV-CA.
¿Qué cargo tiene actualmente Francisca Elena Ruiz Bueno?
Francisca Elena Ruiz Bueno ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Fernán-Núñez (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .