Francisca Martin Monteoliva
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Lobras · PSOE
Cuánto gana Francisca Martin Monteoliva: percibe 270 € brutos al año (23 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de lobras en Ayuntamiento De Lobras.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Lobras
- Institución
- Ayuntamiento De Lobras
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Lobras
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.110 € menos al año que la media de alcaldes (1 %).
Sueldo y retribuciones de Francisca Martin Monteoliva
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Lobras
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 22,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 270,00 € |
Sin dedicación
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Lobras
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 22,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 270,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Francisca Martin Monteoliva?
Francisca Martin Monteoliva percibe un sueldo bruto anual de 270 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Lobras en Ayuntamiento De Lobras. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Francisca Martin Monteoliva al mes?
Francisca Martin Monteoliva percibe 23 € brutos al mes, equivalentes a 270 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Francisca Martin Monteoliva?
El sueldo bruto anual de Francisca Martin Monteoliva (270 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Francisca Martin Monteoliva?
Francisca Martin Monteoliva está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Francisca Martin Monteoliva?
Francisca Martin Monteoliva ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Lobras en Ayuntamiento De Lobras (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .