Francisca Momparler Orta
Alcaldesa · PSOE
Cuánto gana Francisca Momparler Orta: percibe 2200 € brutos al año (157 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Senyera.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Senyera
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Senyera
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 21.180 € menos al año que la media de alcaldes (9 %).
Sueldo y retribuciones de Francisca Momparler Orta
Alcaldesa
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 157,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2200,00 € |
| Dietas | 200,00 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 157,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2200,00 € |
| Dietas | 200,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Francisca Momparler Orta?
Francisca Momparler Orta percibe un sueldo bruto anual de 2200 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Senyera. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Francisca Momparler Orta al mes?
Francisca Momparler Orta percibe 157 € brutos al mes, equivalentes a 2200 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Francisca Momparler Orta?
El sueldo bruto anual de Francisca Momparler Orta (2200 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Francisca Momparler Orta?
Francisca Momparler Orta está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Francisca Momparler Orta?
Francisca Momparler Orta ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Senyera (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .