Francisco Jose Torres Navarro
Alcalde Del Ayuntamiento De Vianos · PSOE
Cuánto gana Francisco Jose Torres Navarro: percibe 275 € brutos al año (23 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de vianos en Ayuntamiento De Vianos.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Vianos
- Institución
- Ayuntamiento De Vianos
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Vianos
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.105 € menos al año que la media de alcaldes (1 %).
Sueldo y retribuciones de Francisco Jose Torres Navarro
Alcalde Del Ayuntamiento De Vianos
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 22,92 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 275,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Vianos
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 22,92 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 275,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Francisco Jose Torres Navarro?
Francisco Jose Torres Navarro percibe un sueldo bruto anual de 275 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Vianos en Ayuntamiento De Vianos. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Francisco Jose Torres Navarro al mes?
Francisco Jose Torres Navarro percibe 23 € brutos al mes, equivalentes a 275 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Francisco Jose Torres Navarro?
El sueldo bruto anual de Francisco Jose Torres Navarro (275 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Francisco Jose Torres Navarro?
Francisco Jose Torres Navarro está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Francisco Jose Torres Navarro?
Francisco Jose Torres Navarro ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Vianos en Ayuntamiento De Vianos (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .