Francisco Linares Buenaga
Alcalde Del Ayuntamiento De Herrerías · Partido Regionalista de Cantabria
Cuánto gana Francisco Linares Buenaga: percibe 920 € brutos al año (77 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de herrerías en Ayuntamiento De Herrerías.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Herrerías
- Institución
- Ayuntamiento De Herrerías
- Comunidad
- Cantabria
- Municipio
- Herrerías
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.460 € menos al año que la media de alcaldes (4 %).
Sueldo y retribuciones de Francisco Linares Buenaga
Alcalde Del Ayuntamiento De Herrerías
P.R.C.2019–2023| Salario bruto mensual | 76,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 920,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Herrerías
P.R.C.2019–2023| Salario bruto mensual | 76,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 920,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Francisco Linares Buenaga?
Francisco Linares Buenaga percibe un sueldo bruto anual de 920 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Herrerías en Ayuntamiento De Herrerías. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Francisco Linares Buenaga al mes?
Francisco Linares Buenaga percibe 77 € brutos al mes, equivalentes a 920 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Francisco Linares Buenaga?
El sueldo bruto anual de Francisco Linares Buenaga (920 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Francisco Linares Buenaga?
Francisco Linares Buenaga está afiliado o vinculado a Partido Regionalista de Cantabria.
¿Qué cargo tiene actualmente Francisco Linares Buenaga?
Francisco Linares Buenaga ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Herrerías en Ayuntamiento De Herrerías (Cantabria).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .