Francisco Manuel Atta Pérez
Alcalde Del Ayuntamiento De Valsequillo De Gran Canaria · ASBA
Cuánto gana Francisco Manuel Atta Pérez: percibe 3780 € brutos al año (270 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de valsequillo de gran canaria.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Valsequillo De Gran Canaria
- Partido
- ASBA
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 19.600 € menos al año que la media de alcaldes (16 %).
Sueldo y retribuciones de Francisco Manuel Atta Pérez
Alcalde Del Ayuntamiento De Valsequillo De Gran Canaria
ASBAHasta 2025| Salario bruto mensual | 270,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 3780,00 € |
| Dietas | 3780,00 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Valsequillo De Gran Canaria
ASBAHasta 2025| Salario bruto mensual | 270,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 3780,00 € |
| Dietas | 3780,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Francisco Manuel Atta Pérez?
Francisco Manuel Atta Pérez percibe un sueldo bruto anual de 3780 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Valsequillo De Gran Canaria. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Francisco Manuel Atta Pérez al mes?
Francisco Manuel Atta Pérez percibe 270 € brutos al mes, equivalentes a 3780 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Francisco Manuel Atta Pérez?
El sueldo bruto anual de Francisco Manuel Atta Pérez (3780 €) equivale a 0,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Francisco Manuel Atta Pérez?
Francisco Manuel Atta Pérez está afiliado o vinculado a ASBA.
¿Qué cargo tiene actualmente Francisco Manuel Atta Pérez?
Francisco Manuel Atta Pérez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Valsequillo De Gran Canaria.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .