Francisco Manuel Ruiz Garcia
Alcalde Del Ayuntamiento De Huelma · ADELANTE
Cuánto gana Francisco Manuel Ruiz Garcia: percibe 39.023 € brutos al año (3252 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de huelma en Ayuntamiento De Huelma.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Huelma
- Institución
- Ayuntamiento De Huelma
- Partido
- ADELANTE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Huelma
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 15.643 € más al año que la media de alcaldes (167 %).
Sueldo y retribuciones de Francisco Manuel Ruiz Garcia
Alcalde Del Ayuntamiento De Huelma
ADELANTE2019–2023| Salario bruto mensual | 3251,92 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.023,04 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Huelma
ADELANTE2019–2023| Salario bruto mensual | 3251,92 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.023,04 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Francisco Manuel Ruiz Garcia?
Francisco Manuel Ruiz Garcia percibe un sueldo bruto anual de 39.023 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Huelma en Ayuntamiento De Huelma. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Francisco Manuel Ruiz Garcia al mes?
Francisco Manuel Ruiz Garcia percibe 3252 € brutos al mes, equivalentes a 39.023 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Francisco Manuel Ruiz Garcia?
El sueldo bruto anual de Francisco Manuel Ruiz Garcia (39.023 €) equivale a 2,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Francisco Manuel Ruiz Garcia?
Francisco Manuel Ruiz Garcia está afiliado o vinculado a ADELANTE.
¿Qué cargo tiene actualmente Francisco Manuel Ruiz Garcia?
Francisco Manuel Ruiz Garcia ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Huelma en Ayuntamiento De Huelma (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .